20/12/2024
✅️ 𝗟𝗘𝗬 𝗗𝗘 𝗢𝗡𝗣 𝗗𝗘 𝗣𝗢𝗗𝗘𝗠𝗢𝗦 𝗣𝗘𝗥Ú 𝗘𝗦 𝗖𝗢𝗡𝗦𝗧𝗜𝗧𝗨𝗖𝗜𝗢𝗡𝗔𝗟, 𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗔𝗗𝗢𝗥𝗘𝗦 𝗗𝗘𝗕𝗘𝗥Á𝗡 𝗖𝗢𝗕𝗥𝗔𝗥 𝗦𝗨 𝗕𝗢𝗡𝗢 𝗗𝗘 𝗥𝗘𝗖𝗢𝗡𝗢𝗖𝗜𝗠𝗜𝗘𝗡𝗧𝗢
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASÍ LO INDICA
Se hizo justicia, con los aportantes y exaportantes que desde el año 2002 migraron de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), la Sentencia 292/2024 del Tribunal Constitucional declaró infundada demanda de inconstitucionalidad del Poder Ejecutivo a la Ley Nº 31729 impulsada por Podemos Perú en el Congreso.
Por lo tanto, hermanos y hermanas los trabajadores que migraron de la ONP a AFP no perderán sus aportes de acuerdo la Sentencia 292/2024 del Tribunal Constitucional (TC) y el Ejecutivo tiene el plazo de 12 meses para reglamentar la ley y empezar a pagar el Bono de Reconocimiento.
Es importante indicar que el bono de reconocimiento se repartía solo a quienes migraron a las AFP hasta 2001; por tanto, los que lo hacían después de esa fecha perdían su dinero.
Con la puesta en vigencia la Ley Nº 31729 de Podemos Perú, los trabajadores que opten por incorporarse al sistema privado de las AFP del 2002 en adelante tendrán el derecho de recibir un bono de reconocimiento por sus aportes realizados, el cual se abonará a su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
¡SIN LUCHAS, NO HAY VICTORIAS!