06/02/2023
DECLARAN ESTADO DE EMERGENCIA Y DISPONEN QUE MILITARES TOMEN EL CONTROL DE PUNO
Ayer, el Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia por 60 días en los departamentos de Madre de Dios, Cusco, Apurímac, Arequipa, Moquegua, Tacna, y Puno. En esta última región se ha dispuesto normas específicas como el Art. 1 y 5, en donde se dispone que el control del orden interno se encuentre a cargo de las Fuerzas Armadas.
Mediante Decreto Supremo Nº 018-2023-PCM publicado hoy en el Boletín de Normas Legales, se establece que en Puno los militares tendrán el control de la región. “La PNP mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, excepto en el departamento de Puno, donde el control se encuentra a cargo de las Fuerzas Armadas, incorporando a la Policía Nacional del Perú.”, expresa la parte final del Art. 1 de dicha normativa.
REPRESIÓN MILITAR
Así mismo, el Art. 2 precisa que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asuma el control del comando unificado entre la Policía Nacional del Perú y el Ejercito. Es decir, que los militares comandarán las acciones de control en el marco de las protestas en toda la región altiplánica. Entre ellas, la liberación de las vías bloqueadas, principalmente, por pueblos quechuas y aymaras.
Al respecto, el jefe de la Oficina Defensorial del Pueblo en Puno, Jacinto Ticona Humán, refirió que existe el riesgo de que se generen enfrentamientos con resultados fatales entre el personal del Ejercito y los pobladores, que anteriormente anunciaron que insistirán en bloquear las vías pese a la represión policial y militar.
“Hay riesgo de que se pueda generar mayores situaciones de violencia, esperamos que no. (…) Exhortamos que puedan realizar su trabajo con mucha sensatez y razonabilidad porque existe una población que esta indignada y que se mantienen en protesta. No sería conveniente enfrentarnos entre la fuerza del orden y la población, tienen que hacerlo de manera profesional”, expresó, Ticona Huamán.
RESTRICCIONES
Durante la medida se aplicará lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 137 de la Constitución Política, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y seguridad personales.
También se establece la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, por 10 días calendario, en el departamento de
DEMANDA
El secretario del Ilustre Colegio de Abogados de Puno (ICAP), Cristhian Palomino García, junto a un grupo de abogados presentaron una demanda contra el Estado en contra del DS. N°009-2023 (declaratoria de emergencia anterior), el 31 del presente, argumentando que dicha normativa no cumple con los requisitos exigidos por el Tribunal Constitucional para mantener un Estado de Emergencia, por lo que evalúan emprender una nueva acción legal.
“Esta declaratoria es la última opción que tiene el Gobierno para lograr detener un conflicto (…) lo que nos queda es plantear también una acción legal frente al Poder Judicial para que pueda decidir y poner algo de orden en los excesos que pueda cometer el Estado”, refirió, Palomino García.
Por último expresó que esta acción diferenciada para la región Puno, mostraría una conflicto personal de parte del Gobierno de Dina Boluarte, con las demandas de la población altiplánica, que tienen un objetivo represor e intimidatorio para que las personas no puedan ejercer sus derechos que están avalados por la Constitución.
Puno desde las 20:00 a las 04:00 horas.