21/09/2025
: Juzgado resuelve habeas corpus en favor de mujer trans discriminada por su condición de género
En un hecho sin precedentes, el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Moyobamba declaró fundada una demanda de habeas corpus interpuesta por la mujer trans Lucy Rafael Alejandría, contra el director del penal San Cristóbal de esa localidad, por vulneración a la integridad debido a tratos discriminatorios ante su condición de género y orientación sexual.
De acuerdo con la resolución judicial, la demandante, identificada en su DNI como Cristóbal Rafael Alejandría, fue sometida a tratos humillantes y denigrantes durante las visitas a su padre, recluido en el referido centro penitenciario.
Lucy Rafael Alejandría, quien cuenta con operación de reasignación ge***al, fue obligada a usar ropa masculina por el personal penitenciario bajo pretexto que en su DNI figura s**o masculino.
También fue forzada a desnudarse y tocada en sus partes íntimas por el personal masculino, en lugar de ser revisada por una agente, actos que se repitieron hasta la última visita al penal, con fecha 29 de junio de 2025.
RESPUESTA DESAFORTUNADA
Estos tratos, conforme a pericia psicológica, habría generado que la demandante presente ánimo afligido, preocupación, temor y reacción ansiosa con los hechos materia de investigación.
En tanto, de la documentación presentada por la víctima, se obtiene que el director del penal Esdras Santillán Saldaña tenía pleno conocimiento de la situación.
Incluso, según la denunciante, Santillán le habría manifestado que si no estaba conforme con el trato que recibía por parte del personal debía dejar de visitar a su padre, quien es una persona de tercera edad.
SOBRE EL FALLO
En su fallo, el juzgado, a cargo del juez José Luis Rosales Torres, ordenó al director del penal abstenerse de cualquier acto discriminatorio contra la demandante por cuestión de género u orientación sexual, así como adoptar medidas para garantizar el pleno respeto de sus derechos.
Entre estas disposiciones figura que el trato que reciba la agraviada por parte de los agentes penitenciarios, no debe estar supeditado al s**o consignado en su DNI sino con respeto a su identidad de género y condición de mujer transexual.
Asimismo, que su revisión corporal la realice personal femenino y que el control de la vestimenta tenga como único fin el garantizar la seguridad en el establecimiento penitenciario.
También, el demandado deberá realizar un control sobre el personal a su cargo, a fin de evitar cualquier acto de discriminación, debiendo poner en conocimiento de las autoridades respectivas para que se determine la responsabilidad administrativa, civil o penal que el caso amerite.
El fallo dispuso, además, gestionar la capacitación del personal penitenciario en cuanto al trato igualitario de las personas LGTBI que concurran al mencionado centro de reclusión.