14/11/2025
🚨 | DECLARAN FUNDADO EL RECLAMO INTERPUESTO POR UNIÓN MINAS EN CONTRA DEL ASA F.C.
👉 La Comisión Disciplinaria de la Liga Nacional de Fútbol Aficionado (LINFA) emitió la Resolución N.º 016-CD/LINFA-FPF-2025, con fecha 13 de noviembre de 2025, en relación con el reclamo presentado por el Club Deportivo Unión Minas Centromin Pasco contra el Club Amigos Siempre Amigos FC (ASA FC).
El reclamo se refería al partido disputado el 9 de noviembre de 2025, correspondiente a la vuelta de las Semifinales Zonales (Zona Norte) de la Etapa Nacional del Torneo Copa Perú 2025, y cuestionaba la inscripción como refuerzos de los jugadores Paulo Jair Lovera Luna y Axel Jean Pierre Gastelu Arce.
Tras analizar los argumentos expuestos por ambas partes y los medios probatorios presentados —incluyendo documentos de transferencia y una carta de la presidenta del Club Juventud Huracán Porvenir Supe—, la Comisión determinó lo siguiente:
- 𝐅𝐮𝐧𝐝𝐚𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐝𝐞𝐜𝐢𝐬𝐢𝐨́𝐧: La Comisión concluyó que los dos jugadores mencionados fueron inscritos como refuerzos del Club ASA FC sin cumplir con un requisito fundamental del Reglamento de Inscripción y Transferencia de Jugadores de la Copa Perú 2025. Específicamente, el artículo 40° establece que un jugador puede ser inscrito como refuerzo si su club de origen ha sido eliminado o no figura dentro de la lista de 25 jugadores del equipo titular. En este caso, el Club Juventud Huracán Porvenir Supe, de donde provenían los jugadores, no había sido eliminado de la competición en el momento de la inscripción y seguía participando en la Etapa Departamental de Lima.
- 𝐑𝐞𝐬𝐮𝐥𝐭𝐚𝐝𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐫𝐞𝐜𝐥𝐚𝐦𝐨: La Comisión declaró fundado el reclamo del Club Unión Minas Centromin Pasco.
- 𝐒𝐚𝐧𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐚𝐩𝐥𝐢𝐜𝐚𝐝𝐚: Se declaró perdedor al Club Amigos Siempre Amigos FC por un marcador de 3-0, conforme al artículo 69° del Reglamento Único de Justicia de la FPF, debido a la participación de jugadores no habilitados para el encuentro.
- 𝐀𝐝𝐯𝐞𝐫𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐢𝐧𝐬𝐭𝐢𝐭𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥: La resolución incluye un exhorto a los miembros de la Liga Departamental de Fútbol de Lima para que cumplan con las normativas vigentes en futuras inscripciones de jugadores.
- 𝐈𝐦𝐩𝐮𝐠𝐧𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧: La resolución es impugnable mediante recurso de apelación, conforme al artículo 112° del Reglamento Único de Justicia.
La decisión fue notificada a la Federación Peruana de Fútbol, a la LINFA y a ambos clubes involucrados para su cumplimiento.
Tras conocer esta decisión la GRAN FINAL de la Copa Perú 2025 se jugaría entre el Unión Minas Centromin (Pasco) y Anba Perú (Puno).