14/07/2022
👉MADRE DE DIOS: MINERÍA ILEGAL CONTAMINA EL MEDIO AMBIENTE , RIOS Y AFECTAN COMUNIDADES NATIVAS DE PUERTO LUZ Y SAN JOSÉ DE KARENE.
Operaban en zonas prohibidas y sin autorización
El quinto despacho de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental - FEMA de Madre de Dios, conjuntamente con personal del Comando Restauración, de la Policía Nacional del Perú y del Comando Pachacutec del Ejercito del Perú, realizaron un operativo helitransportado contra la minería ilegal en zonas prohibidas y sin autorización dentro de los territorios de las Comunidades Nativas de “Puerto Luz” y “San José de Karene”, que forman parte de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Comunal de Amarakaeri, en el departamento de Madre de Dios.
La acción se desarrolló en aplicación al plan restauración, para lo cual tuvieron que trasladarse a las 6 de la mañana, por vía helitransportada, desde la ciudad de Puerto Maldonado hasta llegar a la zona devastada, de conformidad con la información del GEOCATMIN del INGEMMET, en cuyo sector el personal se distribuyó en diferentes grupos de intervención.
En el lugar se encontró: ocho balsas, 30 baterías, 28 bidones, 15 bombas de succión, ocho caballetes, cinco campamentos, 511 cilindros metálicos, 440 galones de aceite para motor, 3648 galones de petróleo, dos generadores, una hidrolavadora, una lanza metálica, 14 mangotes, una máquina, compresora y una máquina de soldar.
Así mismo se halló: 214 metros de alfombra, 330 metros de cable acerado, 90 metros de tubo corrugado, 685 metros de tubo PVC, dos moto cargueros, seis motocicletas, 24 motores, dos motosierras, 30 poleas, ocho radiadores, cinco retro excavadoras, tres tolvas, 18 tracas hidráulicas, 13 tracas mecánicas, 72 tubos metálicos y un volquete.
Por disposición de los representantes del Ministerio Público, del quinto despacho FEMA MDD, se dispuso la interdicción de los bienes, materiales, equipos, accesorios, insumos y campamentos utilizados para actividad de minería ilegal, conforme a las disposiciones del Decreto Legislativo 1100.
Así mismo se continuando con las diligencias por el delito de minería ilegal en su forma agravada, tipificado en el artículo 307°-A (Tipo Base) del Código Penal, con su agravante prevista y penada en los incisos 1 y 3 del artículo 307°-B del citado cuerpo legal, así como por el delito de tráfico Ilegal de insumos químicos y maquinarias destinadas a la Minería Ilegal, tipificado en el artículo 307°-E del Código Penal.