19/07/2025
🔴REGLAMENTAN LEY PARA QUE SÍMBOLOS PATRIOS YA NO SE USEN EN COMERCIOS Y PRODUCTOS
El Estado ha reglamentado una ley que prohíbe el uso de símbolos patrios (como la bandera, el escudo o el himno nacional) en productos comerciales y campañas publicitarias, y además obliga a medios de comunicación (incluso digitales) a emitir el Himno Nacional a las 8:00 a.m. y 6:00 p.m.
El escudo y bandera de Perú ya no podrían ser usados en ropa, carteles u otros productos comerciales como prohíbe el Reglamento de la Ley n° 32251, al cual han criticado diversos sectores productivos y ciudadanos de a pie.
Este Reglamento prohíbe expresamente el uso de los símbolos del Estado en publicidad comercial, campañas, logotipos, marcas, emblemas institucionales privados, envases, etiquetas, embalajes u otros soportes de bienes o servicios, en cualquier otro fin lucrativo, particular, ideológico o de representación privada, que desnaturalice su carácter oficial de representación de las entidades del Estado Peruano.
Ante ello, productores del emporio textil de Gamarra, en Lima, mostraron su rechazo, pues manifestaron que sus polos y camisetas llevan el escudo de armas y la bandera de Perú estampados. De igual manera, algunas asociaciones de artesanos que fabrican souvenirs turísticos en lugares de gran afluencia de visitantes extranjeros como Machu Picchu, Chan Chan y otros.
Además, los medios de comunicación que emitan su señal por radiodifusión abierta, televisión por cable, señal satelital o plataformas digitales deben difundir diariamente el himno nacional a las 08:00 y a las 18:00 horas. El Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP), a través de TV Perú, Radio Nacional y sus plataformas digitales, debe difundir diariamente el himno nacional del Perú a las 00:00 horas y a las 12:00 horas.