31/08/2026
Candidatos que entreguen dinero, dádivas, etc., pueden ser excluidos de Elecciones Regionales y Municipales 2026.
El Reglamento para la fiscalización y procedimiento sancionador señala que: "Los Jurados Electorales Especiales son los encargados de imponer las multas".
Así mismo, los candidatos que en su campaña proselitista entreguen dinero, regalos, dádivas, alimentos, medicinas, agua, materiales de construcción u otros objetos de naturaleza económica, serán motivo de drásticas sanciones que los pueden llevar hasta la exclusión de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026), informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El Reglamento para la fiscalización y procedimiento sancionador es claro sobre conducta prohibida en propaganda electoral, el mismo que fue aprobado por el Pleno del organismo electoral mediante Resolución N.° 0845-2025-JNE, ya que esta máxima sanción (exclusión) es conducida por un procedimiento gradual.
Se establece que, ante posibles transgresiones a la normativa, el Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente actúa de oficio o mediante denuncia. Califica el informe elaborado por un fiscalizador y, de considerar que los hechos descritos configuran una probable vulneración, por lo que se inicia procedimiento sancionador y corre traslado al presunto infractor para que formule sus respectivos descargos.
De haber responsabilidad, impone al postulante una multa no menor de 5 (27 500 soles) ni mayor de 30 (165 mil soles) UIT. Si el candidato reincide en la conducta infractora se aplica la sanción de exclusión de la lista de candidatos a los comicios del 4 de octubre.
El reglamento prevé la exclusión inmediata del candidato cuando la entrega de dinero o bienes, efectuada de manera directa por este, o por terceros por orden del candidato y con recursos del mismo o de la organización política. Además de las medidas señaladas, se traslada al Ministerio Público conforme a sus competencias.
El nuevo reglamento estipula en su artículo 15 que el procedimiento sancionador se instituye contra las organizaciones políticas y/o los candidatos que sean presuntamente responsables de la infracción.
Cabe precisar que el JEE tiene competencia sobre las infracciones cometidas por las organizaciones políticas y/o candidatos hasta el mismo día de la elección. En el caso de haber segunda elección (segunda elección regional), la actividad de fiscalización sobre esta materia continúa en el intervalo de las dos fechas de la elección en los distritos electorales correspondientes.
Fuente: Noticias sobre las Elecciones Regionales y Municipales 2026
✍ Andrés Chero Medina
Alexander Vilchez Gutierrez