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COMEXPERÚ: “EL PERÚ NECESITA MÁS LIBERTAD ECONÓMICA Y MÁS EMPRESA PRIVADA EN EN 2026”El director ejecutivo de ComexPerú,...
17/01/2026

COMEXPERÚ: “EL PERÚ NECESITA MÁS LIBERTAD ECONÓMICA Y MÁS EMPRESA PRIVADA EN EN 2026”

El director ejecutivo de ComexPerú, Jaime Dupuy, afirmó que el país inicia el 2026 en un clima económico retador, pero también con oportunidades valiosas para retomar la senda del crecimiento. En ese contexto, subrayó la importancia de reafirmar dos principios que han demostrado ser clave para el desarrollo: el protagonismo del sector privado y la vigencia de las libertades económicas.

“Donde hay empresa, hay inversión, empleo y bienestar. La evidencia es clara: las economías que han apostado por entornos abiertos, con marcos regulatorios predecibles y respeto a la iniciativa privada, han logrado avances sostenidos en productividad y bienestar social. El Perú no ha sido la excepción”, señaló Dupuy. Recordó que, durante las últimas dos décadas, el crecimiento del país estuvo íntimamente ligado a una mayor apertura comercial, un dinamismo exportador sin precedentes y el empuje del empresariado nacional en distintos sectores.

Sin embargo, advirtió que en los últimos años se han visto señales preocupantes. “Se ha normalizado un discurso que busca estigmatizar al empresario, promover más intervención del Estado en sectores donde no es competitivo y sobrecargar con trabas a quienes generan valor. Esta tendencia debe revertirse”, indicó. En esa línea, destacó que el rol del Estado debe ser el de facilitar, no el de obstaculizar. “Necesitamos tanto mercado como sea posible y tanto Estado como sea necesario”, remarcó.

Dupuy sostuvo que el 2026 será un año clave no solo por el nuevo proceso electoral que definirá el rumbo del país, sino también por el contexto internacional, marcado por tensiones geopolíticas, cambios en las cadenas de valor y políticas proteccionistas. Frente a ello, consideró indispensable fortalecer la competitividad del Perú promoviendo un entorno más amigable con la inversión privada, la innovación y el emprendimiento.

Desde ComexPerú, reafirmó, se seguirá trabajando para que el país recupere su atractivo como destino de inversiones, que la formalización empresarial sea una realidad accesible y que el respeto a la propiedad privada y a la libre competencia se consoliden como pilares no negociables de la democracia económica. “La libertad económica no es un privilegio, es una condición indispensable para el desarrollo”, subrayó.

“El año apenas comienza. Hagamos que sea uno en el que reafirmemos, sin ambigüedades, que más empresa privada y más libertad son el camino correcto”, concluyó el director ejecutivo de ComexPerú.

POLICÍAS PODRÁN REVISAR CELULARES EN FLAGRANCIA POR CASOS DE EXTORSIÓN Y SICARIATOEl Consejo de Ministros aprobó un decr...
17/01/2026

POLICÍAS PODRÁN REVISAR CELULARES EN FLAGRANCIA POR CASOS DE EXTORSIÓN Y SICARIATO

El Consejo de Ministros aprobó un decreto legislativo que autoriza la revisión de equipos informáticos en casos de flagrancia delictiva vinculados a los delitos de extorsión, sicariato y secuestro, así como de aquellos dispositivos detectados al interior de establecimientos penitenciarios durante operativos inopinados.

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) informó que esta disposición modifica el Código Procesal Penal, aprobado mediante el Decreto Legislativo N.° 957, con el objetivo de fortalecer las investigaciones frente a delitos considerados de alta gravedad.

De acuerdo con la norma, el efectivo policial podrá revisar la información contenida en los equipos informáticos que se encuentren en posesión del intervenido, siempre que cuente con autorización previa del Ministerio Público y cuando dicha revisión resulte indispensable para el esclarecimiento del hecho investigado.

Asimismo, la PCM precisó que, una vez concluido el acto de investigación, el fiscal deberá solicitar al juez competente la correspondiente resolución confirmatoria, garantizando así el control judicial del procedimiento.

La medida busca preservar la inmediatez en la obtención de evidencia digital, un proceso que hasta ahora demandaba mayores plazos, lo que podía generar el riesgo de pérdida o alteración de información relevante para las investigaciones penales.

17/01/2026

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TC DECLARA INCONSTITUCIONAL LEY QUE PRETENDÍA JUZGAR A MENORES DE 16 Y 17 AÑOS COMO ADULTOSEl Tribunal Constitucional (T...
17/01/2026

TC DECLARA INCONSTITUCIONAL LEY QUE PRETENDÍA JUZGAR A MENORES DE 16 Y 17 AÑOS COMO ADULTOS
El Tribunal Constitucional (TC) declaró in
constitucional la Ley N.º 32330, norma que había sido aprobada por el Congreso de la República y disponía que los adolescentes de 16 y 17 años pudieran ser procesados penalmente como personas adultas cuando cometieran ciertos delitos graves.

La decisión del máximo órgano de interpretación constitucional se fundamenta en que dicha ley contraviene la Constitución Política del Perú, así como estándares internacionales de derechos humanos a los cuales el país está obligado.
La Ley N.º 32330, publicada en el diario oficial El Peruano el 10 de mayo de 2025, había modificado el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes para considerar imputables penalmente a jóvenes de 16 y 17 años que cometan delitos como terrorismo, homicidio, extorsión, sicariato, robo agravado, tráfico ilícito de dr**as y violación sexual, entre otros.

Argumentos del TC

En su resolución, el TC coincidió con las demandas de inconstitucionalidad presentadas por el Poder Judicial, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y el Colegio de Abogados de Ayacucho, que sostenían que la norma vulnera el principio de protección especial consagrado tanto en la Constitución como en la Convención sobre los Derechos del Niño, instrumento internacional ratificado por el Perú que establece que los adolescentes deben ser tratados diferentemente a los adultos en materia penal.

El fundamento central del fallo señala que la ley impugnada equiparaba injustificadamente a adolescentes con adultos, borrando el tratamiento penal especializado que contempla el sistema de justicia juvenil peruano. El TC resaltó que las normas internacionales y la propia Carta Magna, exigen que la justicia juvenil tenga un enfoque restaurador y educativo, orientado a la reinserción y desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes, en lugar de un enfoque punitivo ordinario.

Asimismo, el Tribunal observó que la ley contravenía el derecho a la igualdad ante la ley y al interés superior del niño, además de no superar el test de proporcionalidad, al imponer sanciones más severas sin demostrar que tales medidas fueran necesarias o adecuadas para la protección de la sociedad o de los propios menores.

Demandas acumuladas

La demanda de inconstitucionalidad presentada por la Fiscal de la Nación, Delia Espinoza Valenzuela, y otras interpuestas por instituciones como la Defensoría del Pueblo y el Colegio de Abogados de Ayacucho, fueron acumuladas y analizadas por el TC en audiencia pública. Durante el proceso, el Poder Judicial argumentó que la norma era incompatible con el artículo 4 de la Constitución, que establece la obligación del Estado de brindar protección especial a los adolescentes, y que la reforma representaba un retroceso en materia de derechos fundamentales.

Además, la Defensoría del Pueblo resaltó que este tipo de medidas debía evaluarse con base en evidencia técnica y científica, incluida la psicología evolutiva y los estándares internacionales, antes de legislar sobre responsabilidad penal de menores.

Con esta sentencia, la Ley 32330 quedará sin efecto en el ordenamiento jurídico, y el sistema penal juvenil deberá continuar aplicándose exclusivamente a personas menores de 18 años, con los mecanismos de justicia restaurativa y medidas socioeducativas bajo el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.

Expertos sostienen que este enfoque es coherente con las obligaciones internacionales del país y con las mejores prácticas en materia de derechos de la niñez.

17/01/2026

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16/01/2026

ACCIONES DE RECUPERACIÓN DE TERRENOS DEL PECH

A través de la Procuraduría Pública Regional, con apoyo de la Policía Nacional del Perú y del personal de la subgerencia de Gestión de Tierras del PECH realizaron un desalojo extrajudicial, al amparo de la Ley N° 30230, y procedieron a la recuperación inmediata de 2.98 hectáreas de un Lote ubicado en sector Chorobal – Humedales Choc Choc (de 3.5693 has).

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