
26/08/2024
𝗔𝗖𝗥𝗘𝗗𝗜𝗧𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗜𝗡𝗚𝗥𝗘𝗦𝗔𝗡𝗧𝗘𝗦 𝗣𝗥𝗘𝗚𝗥𝗔𝗗𝗢 - 𝗔𝗗𝗠𝗜𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗨𝗡𝗧
CAPÍTULO II: DE LA ACREDITACIÓN
No olvides, una vez logrado el ingreso a la UNT, ahora te toca acreditarte....
El ingresante que no se acredite o que no se matricule en los plazos y dependencias establecidos pierde
su condición de ingresante.
Se realiza de manera virtual: en https://admisionunt.info/acreditacion
y sigue las indicaciones enhttps://admisionunt.info/docs/MANUAL_ACREDITACION_PREGRADO_V1.pdf
Link autorizados por la UNT y abajo sus artículos:
Art.71º Los ingresantes vía las modalidades de admisión descritas en el presente Reglamento, para acreditarse
deben presentar, en las fechas, hora y lugar que señala el Cronograma, los siguientes documentos:
a) Certificado original de estudios de educación secundaria del 1º al 5º grado, visado por la autoridad
competente (Gerencia Regional de Educación o UGEL), o su equivalente que puede ser: Certificado
Oficial de Estudio (CE), o Constancia de Logros de Aprendizaje (CLA). Emitidos por MINEDU.
b) DNI, Pasaporte o Carne de extranjería original.
c) Recibo por derecho de acreditación
d) Los demás documentos exigidos por la modalidad.
Art.75° Los datos del ingresante consignados en los documentos originales: nombres y apellidos, grados de
estudio, notas, nombres de las instituciones, firmas de las autoridades que refrendan los documentos,
sellos y las formalidades de los documentos, deben corresponderse y no presentar alteraciones de forma
y/o fondo.
Art.76° La Dirección de Admisión es responsable de formalizar los expedientes de los ingresantes acreditados,
remitir a las Facultades e informar a la Unidad de Registros Académicos para la matrícula
correspondiente.
́ *****os